VIOLACIONES DE SALARIO POR HORAS EXTRAORDINARIAS!
La Ley de normas justas de trabajo, comúnmente conocida como la “FLSA,” requiere que los patrones que estén cubiertos le paguen a sus empleados tiempo y medio de su salario regular por cada hora trabajada por encima de cuarenta (40) horas en una semana laboral. Para aquellos empleos cuya paga normal no se basa en una “tasa” por hora, su tasa regular requiere que se calcule toda su compensación en una tasa horaria. Ciertos incentivos tales como comisiones y bonos que no sean discrecionales, también tienen que ser considerados al calcular la tasa por horas extraordinarias. Mientras que la mayoría de patrones privados no pueden sustituir “tiempo compensatorio” por paga por las horas extraordinarias que un empleado ha ganado y por tanto deberán pagarse, se permite que algunos patrones gubernamentales les proporcionen beneficios de tiempo libre a sus empleados en lugar de darle una paga por horas extraordinarias.
Sin importar si los empleados reciben su paga mediante salario, tasa horaria, retiro de dinero de una cuenta, tasa de producción (salario por pieza), o comisiones – o aún una combinación de estos u otros tipos de pago – la FLSA requiere que los patrones que estén cubiertos paguen salario por horas extraordinarias por cada hora trabajada por encima de cuarenta (40) horas en una semana laboral.
Algunos ejemplos de violaciones comunes de horas extraordinarias son:
- Se le paga sueldo por comisiones – aún la mayoría de los empleados a quienes se les paga parcial o completamente, mediante comisiones, a menudo tienen derecho a paga por horas extraordinarias por las horas que hayan trabajado encima de cuarenta (40) en una semana.
- Se le proporciona beneficios de “tiempo libre compensatorio” en lugar de paga por horas extraordinarias – la ley por lo general prohíbe que los patrones privados les den a sus empleados “tiempo libre compensatorio” en lugar de pagarles paga por las horas extraordinarias que hayan trabajado por encima de cuarenta (40) en una semana. Y recuerde que usted no puede renunciar a su derecho de horas extraordinarias – ¡es la ley!
- No se le paga salario por horas extraordinarias que resultan del tiempo que el empleado pasa viajando de un lugar de trabajo durante el curso de su día laboral.
- Se le clasifica erróneamente como “contratista independiente” a pesar de desempeñar las tareas laborales de un empleado.
- Las comisiones o los bonos no se usan para calcular la tasa por horas extraordinarias lo cual la Ley requiere.
Sin embargo la FLSA exceptúa a algunas categorías de empleados y negocios de los requerimientos de Ley del pago de horas extraordinarias. El Shavitz Law Group, P.A. puede ayudarle a determinar cuáles podrían ser sus derechos en vista de las circunstancias específicas de su empleo actual, o de cualquier empleo anterior dentro de los tres (3) últimos años, o sea si usted cree que no se le pagó salario por todas las horas extraordinarias que trabajó, o si tiene otras preguntas acerca de su paga, CONTÁCTENOS hoy.
VIOLACIONES DE SALARIO MÍNIMO
Por lo general la Ley requiere que a los trabajadores se les pague un salario mínimo por hora. Bajo la Ley federal, en conformidad con la Ley de normas justas de trabajo (FLSA), hay un salario mínimo por hora que todos los patrones cubiertos deben pagarle a sus empleados.
En muchos estados, la tasa de salario mínimo está regida ya sea por la ley federal o la ley estatal. Por ejemplo, la tasa de salario mínimo de la Florida es más alta que el salario federal mínimo. Como resultado, los patrones cubiertos por lo general deberán pagarle a los empleados sea cual fuere la tasa de salario mínimo más alta.
Los actuales y más recientes salarios mínimos para empleados que hayan trabajado en la Florida son:
Año Salario mínimo
2008 Federal: $6.55/hora (Efectivo el 24 de julio de 2008)
Florida:
$6.79/hour
2007 Federal: $5.85/hora (Efectivo el 24 de julio de 2007)
Florida:
$6.67/hour
Ejemplos de posibles violaciones del salario mínimo incluyen:
- Su patrón no le paga, o le paga menos que el salario mínimo, por una parte del total de horas que usted trabaja, aún cuando el promedio de su tasa de salario sea por encima del salario mínimo.
- Su cheque de pago rebota (el banco lo rechaza) cuando trata de hacerlo efectivo o depositarlo.
- Su tasa regular de pago es cerca del salario mínimo pero su patrón le exige que desempeñe ciertas tareas antes de que usted marque tarjeta por su turno o después que ya haya marcado la salida.
- Su patrón espera que desempeñe algunas de las tareas de su puesto durante los descansos para refrigerio o paradas de descanso, nuevamente cuando su tasa regular de pago sea cercana al salario mínimo.
- Su patrón le hace deducciones de su paga por “errores” o daño a bienes en su trabajo, y dichas deducciones hacen que su paga esté por debajo de la tasa de salario mínimo.
Si a usted no se le pagó por lo menos el salario mínimo por todas las horas que trabajó, o si tuviera alguna otra pregunta acerca de su paga, CONTÁCTENOS hoy.
ACCIONES COLECTIVAS Y DE CLASE
Muchos patrones tienen prácticas de compensación sistemáticas o que se aplican para toda la compañía que no solamente afectan los derechos de un (1) empleado sino a muchos trabajadores que desempeñan tareas laborales iguales o similares en diversos locales. Como resultado, para asegurar los resultados más efectivos, un gran número de casos que maneja el Shavitz Law Group, P.A. involucran a múltiples empleados, conocidos como “Demandantes” o “Demandantes que han optado por recibir asignaciones”. Algunas veces estos casos se llaman acciones colectivas o acciones de clase – quiere decir, reclamos que se presentan en nombre de uno (1) o más empleados de la misma compañía a quienes no se les ha pagado por horas extraordinarias o el salario mínimo tal como lo requiere la Ley.
Ya sea que el Shavitz Law Group, P.A. esté representando solamente a un (1) cliente, a cinco (5) clientes, o a varios centenares de clientes en una acción colectiva o de clase en contra de un patrón, nuestra firma tiene la experiencia y los recursos para buscar con afán la recuperación del pago por horas extraordinarias que no se le pagaron y que la Ley requiere que se le paguen – porque usted lo merece.
A través de su práctica de acciones colectivas y acciones de clase, el Shavitz Law Group, P.A. ha representado a empleados que han trabajado en cada uno de los cincuenta (50) estados a través de todo Estados Unidos.
Para saber más acerca de si es que usted tiene el derecho de participar en una acción colectiva o acción de clase de cualquier trabajo que haya tenido dentro de los tres (3) últimos años, CONTÁCTENOS hoy para una consulta gratuita.

