PREGUNTAS COMUNES ACERCA DE SUS DERECHOS

El Shavitz Law Group, P.A. ha ayudado a miles de empleados en una variedad de contextos y continua haciéndolo hoy.  Sin embargo, muchos de nuestros clientes tienen preguntas específicas acerca de su derecho a compensación por horas extraordinarias cuando han trabajado más de cuarenta (40) horas por semana en una sola semana laboral.

A continuación están algunas preguntas comunes que recibimos de nuestros clientes, junto con las respuestas acerca de cómo se requiere que la mayoría de patrones le paguen a los trabajadores por las horas extraordinarias que hayan trabajado. Esta lista no incluye todo, así es que recuerde, si tuviera alguna pregunta específica acerca de un trabajo que ha tenido dentro de los últimos tres (3) años, CONTÁCTENOS hoy para una evaluación personalizada de sus circunstancias.

(1) ¿Qué tengo derecho a recobrar si presento un reclamo y gano?

Usted tiene derecho a recobrar el salario por horas extraordinarias que su patrón dejó de pagarle ya sea por un período de dos (2) o tres (3) años anteriores a la fecha de cuando presentó la demanda ante el tribunal, y el juez asignado a su caso tiene la discreción de emitir un fallo por el doble de los daños y perjuicios (conocido también como penas convencionales) si se cumple con ciertas condiciones legales. 

(2) ¿Qué pasa si ha pasado mucho tiempo desde que trabajé ahí?

La Ley de normas justas de trabajo permite que los empleados busquen la recuperación de la paga por horas extraordinarias que ganaron en tareas en las cuales trabajaron dentro de los dos (2) o tres (3) últimos años. Con respecto a esto, la Ley por lo general le permite a los trabajadores retroceder dos (2) años a partir de la fecha en que se presenta la demanda al tribunal, y se permite un año adicional, o tercero, si el patrón voluntariamente dejó de pagar el salario por horas extraordinarias.

Solamente la presentación de la demanda al tribunal “detiene el reloj,” o sea que hasta que se actúe, sus derechos pueden reducirse con cada día que pasa. Las quejas internas que se presentan a un patrón y las quejas presentadas al Departamento de Trabajo de EE.UU., no aumenta el tiempo que tiene usted para protegerse ni tampoco “detienen el reloj” de seguir avanzando. Como resultado, si usted no actúa en relación a sus derechos, los puede perder, entonces CONTÁCTENOS hoy si usted cree que se le adeuda paga de uno de sus trabajos.

(3) Si me quejo con mi patrón de no haber recibido salario por horas extraordinarias ¿puede mi patrón despedirme o tomar alguna otra acción negativa como represalia en contra mía?

No.  La Ley de normas justas de trabajo dispone que un patrón no puede tomar represalia en contra de un empleado que busca la protección de sus derechos en conformidad con la ley en lo referente a salario mínimo y por horas extraordinarias y si se prueba que un patrón ha participado en represalia, podrían ser responsables por daños y perjuicios por salario perdido y otro desagravio.

(4) ¿Qué pasa si tengo temor que mi patrón se entere de mí?

El Shavitz Law Group, P.A. no hablará de su caso con nadie sin su consentimiento y hasta que usted decida dar la autorización para presentar una demanda en el tribunal en nombre suyo, nadie sabrá que usted ha hablado con nosotros. Es importante que sepa que todas las conversaciones y comunicaciones con los abogados y miembros del personal de nuestra firma normalmente están protegidas por el privilegio entre abogado y cliente.

(5) ¿Qué pasa si me pagan un salario o la misma cantidad todas las semanas?

No es raro que los patrones clasifiquen a muchos empleados como “exentos” simplemente pagándoles un salario y diciéndoles que su salario les impide calificar para compensación por horas extraordinarias. Sin embargo, solamente un salario NO significa que usted necesariamente esté exento de horas extraordinarias. La Ley de normas justas de trabajo considera las funciones y responsabilidades de su puesto actual al determinar si usted está verdaderamente “exento” o “no está exento”. Las excepciones de compensación por horas extraordinarias son por lo general legalmente complicadas, o sea que si a usted le pagaron un salario en cualquier trabajo durante los tres (3) últimos años, CONTÁCTENOS al Shavitz Law Group, P.A. para una consulta gratuita.

(6) ¿Qué pasa si me han pagado la misma tasa de salario por hora por todas las horas que he trabajado, aún aquellas encima de cuarenta (40)?

Bajo la Ley de normas justas de trabajo, los empleados que están cubiertos tienen derecho a recibir una vez y media su tasa de salario regular por todas las horas que hayan trabajado en exceso de cuarenta (40) por semana, o sea que si a usted sólo le pagaron salario regular por las horas extraordinarias que trabajó, es posible que se le adeude el “medio tiempo” adicional que no se le pagó.

(7) ¿Qué pasa si mi jefe me dijo que estoy “exento” de horas extraordinarias?

Muchos patrones dejan de pagar el salario por horas extraordinarias requerido por Ley simplemente porque dicen que creen que un empleado está “exento”. Sin embargo, a menos que específicamente esté exento de los requerimientos de la Ley de normas justas de trabajo por una de la “excepciones” estrictas, establecidas por ley la mayoría de empleados deberán recibir paga por horas extraordinarias por todas las horas que hayan trabajado en exceso de cuarenta (40) por semana.  Las responsabilidades específicas de su puesto y la “tarea primordial” que desempeña en su trabajo, ayudan a determinar si usted debería estar clasificado como “no-exento” y por tanto se le debe pagar una compensación por horas extraordinarias.  Las excepciones de la FLSA son complejas, o sea que si a usted le dijeron que estaba “exento” pero tiene una pregunta acerca de si tiene derecho a compensación por horas extraordinarias, CONTÁCTENOS al Shavitz Law Group, P.A. para una consulta gratuita.

(8) ¿Qué pasa si soy supervisor o gerente?

Solamente el nombre de su puesto no determina si usted tiene derecho a paga por horas extraordinarias o no. Muchos patrones clasifican a los empleados con títulos como: líder de la cuadrilla, capataz, administrador de bienes, superintendente de construcción, cocinero principal o aún asistente de gerente y no les pagan salario por horas extraordinarias, pero el trabajo que estos empleados desempeñan a menudo no es muy diferente del trabajo hecho por el resto de los empleados de la línea en sus trabajos. El Shavitz Law Group, P.A. puede ayudarle a revisar sus responsabilidades laborales y ver si le han pagado de manera adecuada, entonces CONTÁCTENOS hoy para una mayor ayuda.

(9) ¿Qué pasa si mi patrón me clasifica como “contratista independiente?

Simplemente porque su patrón le designa a usted u otros empleados como “contratista independiente” no quiere decir que no sea empleado dentro del significado de la ley.  A menudo los patrones clasifican mal a sus empleados para escapar del pago de impuestos o para evitar los costos de seguro, pero hay un número de factores importantes que al final determinarán si es que usted es un “empleado” o un “contratista independiente” en conformidad con la ley en base a las realidades económicas de su relación laboral que incluyen:

  • ¿Quién establece sus horas y su programa diario de trabajo?
  • ¿Quién determinó las tareas de su puesto?
  • ¿Trabajó en la oficina o sitio de trabajo de su patrón todos los días?
  • ¿Quién pagó por las herramientas y equipo que usa al desempeñar su trabajo?
  • ¿Desempeña trabajo para múltiples compañías al mismo tiempo?

Si tuviera preguntas acerca de que si ha sido mal clasificado como contratista independiente, CONTÁCTENOS hoy y deje que el Shavitz Law Group, P.A. le proporcione una consulta gratuita para revisar los hechos y circunstancias de su situación.

(10) Qué pasa si mi patrón no me dio un formulario W-2 para impuestos sino en su lugar me dio un formulario 1099 ¿todavía puedo buscar que me paguen las horas extraordinarias que no me pagaron?

Algunas compañías que no le sacan impuestos de su cheque de pago y simplemente le dan una 1099 al final del año (en lugar de una W-2) pueden decirle a usted que por lo tanto es un “contratista independiente”.  Sin embargo, esa clasificación puede ser incorrecta. Si alguien es un “empleado” o un “contratista independiente” se determina por las circunstancias de la relación laboral, no simplemente por una etiqueta.  Por tanto, después de considerar las circunstancias relevantes (sírvase ver la Pregunta #17 arriba), los tribunales fallan que muchos trabajadores son “empleados” dentro del significado de la ley que tienen derecho a salario por las horas que trabajen encima de cuarenta (40) por semana.

(11) ¿Qué pasa si trabajé “sin marcar tarjeta”?

Si su patrón ha aceptado los beneficios de su trabajo y ha tenido (o debería haber tenido) razón para saber que usted estaba trabajando “sin marcar tarjeta”, usted podría calificar para recuperar el salario por horas extraordinarias que no se le pagó por aquellas horas que trabajó más de cuarenta (40) horas en una semana dentro de los tres (3) últimos años. No importa si un patrón le dijo específicamente a usted que marque su salida y termine su trabajo porque no lo había terminado a tiempo.  

Más bien, si trabajo el tiempo, deje que el Shavitz Law Group, P.A. evalúe si puede ayudarle a recuperar el salario al que podría tener derecho.

  • Que mantienen equipo;
  • Que se quedan tarde después de los turnos normales sin “marcar” por horas extraordinarias;
  • Por hacer papeleo en la casa relacionado con el trabajo;
  • Por hacer y contestar llamadas telefónicas relacionadas con el trabajo;
  • Por trabajar corrido durante los descansos para refrigerio; y
  • muchas otras actividades que varían según la industria.

(12) ¿Qué pasa si mi patrón no sabe que trabajé sin marcar tarjeta?

Puede que se haga responsable a su patrón por pagarle horas extraordinarias que trabajó sin importar si la compañía específicamente vio lo que usted estaba hacienda un día en particular. Bajo la Ley de normas justas de trabajo, los patrones deben mantener registros horarios detallados de las horas que sus empleados que no están exentos trabajan cada semana. 

(13) ¿Qué pasa si mis horas extraordinarias no fueron autorizadas por adelantado?

Bajo la Ley de normas justas de trabajo, no se permite que los patrones acepten los beneficios de las horas que usted ha trabajado sin compensarle adecuadamente por todas las horas que trabajó en exceso de cuarenta (40) en una semana laboral.  Esto significa que la mayoría de patrones deben pagarle por sus horas extraordinarias aún si usted no obtuvo específicamente un permiso previo para trabajar esas horas.

(14) ¿Qué pasa si no puedo probar la cantidad de tiempo que pasé trabajando sin marcar tarjeta?

Se requiere que los patrones mantengan registros horarios exactos de las horas que sus empleados trabajan. Si un patrón no mantiene registros horarios completos, el empleado tiene el derecho de probar el número de las horas que trabajó basado en un estimado realístico y de buena fe del tiempo que haya trabajado. Como resultado, la Ley le permite a usted estimar el número de horas que trabajó en una semana laboral en particular aún si no tiene un diario ni otro registro de todas esas horas y el patrón tendrá la carga de desafiar cuán realístico es su conocimiento o su estimado. Por tanto, siempre que usted sea honesto, es muy posible que recupere el salario que no le pagaron por las horas extraordinarias que trabajó dentro de los últimos tres (3) años – porque usted lo ganó.

(15) ¿Cómo puedo saber qué es lo que cuenta como tiempo de “trabajo”?

Muchos tribunales han sostenido que tiempo de trabajo bajo la Ley de normas justas de trabajo incluye todo el tiempo que se pasa desempeñando actividades relacionadas con el trabajo las cuales:

  • genuinamente benefician al patrón;
  • el patrón “sabe o tiene razón para pensar” que están siendo desempeñadas por un empleado; y
  • el patrón no le prohíbe al empleado que las desempeñe.

Estas pueden incluir actividades desempeñadas durante tiempo “sin haber marcado tarjeta”, en el lugar de trabajo o en otro lugar, sea “voluntario” o no.

(16) ¿Qué pasa si no sé mi tasa de pago por horas extraordinarias?

Las horas extraordinarias deben pagarse a tiempo y medio de la “tasa de pago regular por hora” por cada hora que un empleado trabaje por encima de cuarenta (40) horas en una semana laboral.  Para aquellos empleados que su paga normal no se basa en una tasa “por hora”, su tasa regular requiere una determinación de cuál sería la tasa regular aplicable, que por lo general se calcula dividiendo el total del salario semanal entre en número total de horas trabajadas en esa semana laboral.  Ciertos tipos de incentivo y producción, pagos tales como comisiones y bonos, también tienen que ser considerados en su “tasa de pago regular” al calcular la tasa de pago por horas extraordinarias. El Shavitz Law Group, P.A. puede ayudarle a determinar su tasa de pago por horas extraordinarias apropiada, así que CONTÁCTENOS hoy para una mayor asistencia.

(17) Si me pagan “salario por tarea” o “salario por día” (una cantidad de dinero por tarea/día trabajado) ¿tengo derecho a pago por horas extraordinarias?

Bajo la Ley de normas justas de trabajo, los empleados que no estén exentos tienen el derecho de recibir un salario de tiempo y medio por horas trabajadas en exceso de cuarenta (40) por semana sin importar si a un empleado se le paga por hora, un salario, por pieza, por una tasa diaria o de otro modo.

(18) ¿Se le permite a mi patrón hacer deducciones de las horas que he trabajado por descanso para refrigerio/almuerzo aún si en realidad no tomo esos descansos?

No.  Bajo la Ley de normas justas de trabajo, típicamente los patrones solo pueden deducir tiempo por períodos de descanso que son por lo menos de veinte (20) minutes de duración—y solamente si estos descansos en realidad se toman. Esto significa que si patrón programa descansos diarios, o automáticamente deduce treinta (30) minutos o una (1) hora al día, pero en realidad usted no toma dicho descanso ininterrumpido sin desempeñar sus tareas laborales, podría tener derecho a salario por horas extraordinarias que no se le ha pagado por cualquier semana en la que trabajó más de cuarenta (40) horas.  Si ha trabajado durante sus descansos dentro de los últimos tres (3) años, CONTÁCTENOS para determinar si usted tiene derecho a salario por horas extraordinarias que no se le han pagado. 

(19) ¿Qué pasa si viajo de un lugar a otro durante el curso de mi día laboral pero mi patrón solamente cuenta el tiempo que estoy en cada lugar de trabajo?

Por lo general los empleados tienen el derecho de ser compensados por el tiempo de trabajo que pasan viajando entre los sitios de trabajo durante el día laboral.

(20) ¿Qué pasa si viajo por trabajo en mi propio vehículo?

Sea que usted use su propio carro o el vehículo de su patrón, su tiempo de viaje al trabajo al inicio del día y del trabajo al finalizar el día normalmente no es compensable para fines de horas extraordinarias. Sin embargo, si usted recoge o devuelve un vehículo de la compañía al local de su patrón o a cualquier otro lugar, sus horas de trabajo empiezan en ese momento. De manera similar, el tiempo que pasa desempeñando tareas relacionadas con el trabajo DURANTE SU VIAJE DIARIO puede ser considerado como horas trabajadas para fines de pago por horas extraordinarias. Ejemplos de tiempo de trabajo compensables bajo la Ley de normas justas de trabajo incluyen el proveer transporte para otros empleados para ir y regresar del lugar de trabajo, llamadas relacionadas con el trabajo a su patrón, o a los proveedores y clientes del patrón, recoger provisiones o equipo camino a un lugar de trabajo, y parada en la oficina/lugar de negocio para recibir instrucciones o recoger provisiones en camino al sitio de trabajo.  Para evaluar si a usted se le debe compensación por el tiempo que pasó viajando en su trabajo, CONTÁCTENOS al Shavitz Law Group, P.A. hoy, para una consulta gratuita.

(21) ¿Puede mi patrón combinar las horas que he trabajado en diferentes semanas para evitar el pagarme las horas extraordinarias que he trabajado en una (1) semana?

No.  Las horas extraordinarias se determinan en base a una semana laboral. La semana laboral de un empleado es un período fijo regular de 168 horas (siete (7) períodos consecutivos de veinticuatro (24) horas).  No se permite el promediar horas en dos (2) semanas o más bajo la Ley de normas justas de trabajo. Esto quiere decir que si trabaja cuarenta y siete (47) horas en una semana y treinta y tres (33) horas en otra, un patrón que esté cubierto todavía le debe a usted siete (7) horas de horas extraordinarias aún cuando sus horas combinadas para el período de dos (2) semanas es de un total de ochenta (80) horas.  De manera similar, por lo general los patrones no pueden dejar de pagarle las horas extraordinarias que le deben en una semana laboral y en su lugar darle a usted tiempo libre en otra semana.

(22) ¿Qué pasa si obtuve "tiempo compensatorio" en lugar de paga por horas extraordinarias?

Típicamente solamente a los patrones gubernamentales se les permite pagar “tiempo compensatorio” en lugar de salario por horas extraordinarias por horas trabajadas en exceso de cuarenta (40) en una semana laboral. Como resultado el “tiempo compensatorio” no mitiga la obligación de un patrón privado de pagar compensación por horas extraordinarias.  Por lo tanto, aún si se le ha dado “tiempo compensatorio”, todavía podría tener el derecho de pago por horas extraordinarias por cualquier semana laboral dentro de los últimos tres (3) años en la que haya trabajado más de cuarenta (40) horas. 

(23) ¿Podré recuperar pago por horas extraordinarias si acepté pago en efectivo?

Sí, aún si un patrón le paga salario en efectivo por cualesquiera horas extraordinarias que haya trabajado, todavía tiene derecho a tiempo y medio de su tasa de pago regular por cada hora por encima de cuarenta (40) por semana.  Si su patrón le pagó salario en efectivo a la “tasa ordinaria”, lo que quiere decir a la misma tasa que le pagaron por horas que trabajó por debajo de cuarenta (40), a usted todavía se le pudiera deber el salario por el “medio tiempo” que no se le pagó.

(24) ¿Qué pasa si me pagan propinas?

Aún los empleados a quienes se les da propina que trabajan en ocupaciones tales como meseros, mozos, “ayudantes de camarero,” y choferes de entrega normalmente tienen el derecho de compensación por horas extraordinarias por las horas trabajadas en exceso de cuarenta (40) dentro de una semana laboral.  Los cálculos pueden ser complicados para empleados que reciben propina y muchos patrones se equivocan, así que CONTÁCTENOS para ayudarle a determinar cuáles pudieran ser sus derechos.  

(25) ¿Puedo renunciar a mis derechos si firmo un acuerdo de cesantía u otro documento cuando dejo mi trabajo?

Los patrones privados no pueden forzar a sus empleados a que cedan sus derechos de salario mínimo u horas extraordinarias, aún en un acuerdo de cesantía u otro contrato. ¿Por qué? La Ley no permite que los patrones anulen su obligación de pagar salario por horas extraordinarias simplemente pidiéndole a un empleado que renuncie a sus derechos. Solamente las renuncias supervisadas por el Departamento de Trabajo o aquellas que se han obtenido en un juicio privado, las que comúnmente requieren la aprobación de un tribunal, pueden eliminar sus derechos. 

(26) ¿Tengo el derecho de presentar un reclamo por pago de horas extraordinarias o salario mínimo si no soy ciudadano ni residente legal de los EE.UU.?

Sí, su derecho a salario mínimo y por horas extraordinarias bajo la Ley de normas justas de trabajo por lo general está garantizado por ley sin importar su ciudadanía ni estado legal.

(27) ¿Qué pasa si estoy interesado en proseguir un reclamo pero planeo mudarme fuera del estado?

En tanto que es difícil calcular el tiempo para que un caso se resuelva o se litigue en un juicio, muchos casos que se siguen bajo la Ley de normas Justas de trabajo se concilian antes del juicio.  Sin embargo, el litigio es imposible de predecir, o sea que siempre y cuando sus abogados sepan cómo ponerse en contacto con usted en todo momento y usted esté disponible para todos los procedimientos que sean necesarios en su caso—tales como su declaración jurada, mediación, etc.—puede seguir adelante aún si se muda al otro lado del país.

(28) ¿Cuánto costarán sus servicios legales?

El Shavitz Law Group, P.A. representa a casi todos sus clientes bajo un pacto de cuota litis y la firma por lo general no cobra honorarios ni costos a menos que obtengamos un resarcimiento de daños a nombre suyo. Más aún, la Ley de normas justas de trabajo requiere que los patrones que violen la ley paguen todos los honorarios y costos legales que un demandante vencedor haya incurrido durante el juicio.

(29) ¿Está el dinero que se recobre en un caso de horas extraordinarias o salario mínimo sujeto al pago de impuestos?

El salario que no se había pagado y que se recupera durante el curso de un juicio por lo general está sujeto al pago de impuestos, al igual que el salario de un cheque de pago regular. Si recupera dinero que se le debía en un caso de salario mínimo u horas extraordinarias, es muy probable que le cobren impuestos de una manera similar como si hubiera en efecto recibido ese salario durante el curso de su empleo. Si tuviera preguntas acerca de sus circunstancias específicas, sírvase ponerse en contacto con un experto en impuestos para asesoramiento legal específico o CONTÁCTENOS de manera que podamos determinar si le podemos proporcionar orientación o una derivación a un experto en impuestos.

Para enterarse más acerca de cómo el Shavitz Law Group, P.A. puede ayudarle a proteger su derecho de pago justo e igual trato en el lugar de trabajo, CONTÁCTENOS hoy para una consulta gratis.